Same Day compras hasta las 15:00 (Lun-Vie) y 14:00 (Sáb) en Santiago.

0

Tu carrito está vacío

Scooters eléctricos: un mercado que va sobre ruedas

septiembre 09, 2025

Scooters eléctricos: un mercado que va sobre ruedas

¿Qué debes saber?

Un informe dedicado al mercado chileno indica que la venta de scooters eléctricos crecerá a una tasa compuesta anual del 15.70% entre 2025 y 2034.

¿Cuántos scooters hay en circulación?

Para abril de 2024, se conocía que al menos había 5 mil unidades en circulación en la Región Metropolitana, contando los de aplicaciones. Esto según una nota de abril de 2024.

¿Cuál es la regulación?

La popularidad de los scooters eléctricos crece año a año en las principales ciudades de Sudamérica. Sin embargo, cada país ha avanzado a ritmos distintos en materia legal. Aquí te contamos, de manera breve, cómo está la situación en cada nación.

Chile

La Ley de Convivencia Vial considera scooters de hasta 0,25 kW y 25 km/h como “ciclos”, los cuales deben circular en ciclovías o por la calzada. Si superan esos parámetros, pasan a ser motocicletas eléctricas, lo que implica patente, licencia y seguro. En 2025 se están reforzando los controles con tecnología de fiscalización de velocidad.

Argentina

Desde 2020 existe una regulación nacional que limita la velocidad a 30 km/h y exige casco para los mayores de 16 años. Los scooters pueden circular por calles y avenidas urbanas, pero no por autopistas. No necesitan patente, aunque los municipios pueden agregar reglas propias.

Colombia

En 2025 se promulgó la Ley 2486, que regula patinetas y scooters. Estos vehículos quedan exentos de portar licencia, placa y SOAT siempre que no superen los 40 km/h o 60 kg de peso. La norma busca unificar criterios y reducir cargas, aunque deja espacio a que las alcaldías fijen normas adicionales.

Perú

El Reglamento de Vehículos de Movilidad Personal, vigente desde 2021, establece sanciones y prohíbe la circulación en vías expresas. El límite práctico es de 25 km/h y solo se permite transitar por ciclovías y calzadas. Los scooters no requieren placa ni licencia, pero motos o bicimotos eléctricas sí deben cumplir con esos requisitos.

Brasil

La normativa federal distingue entre patinetes eléctricos y ciclomotores. Los primeros no requieren registro ni licencia, y pueden circular en ciclovías o ciclofaixas. En cambio, los ciclomotores deben registrarse y su conductor tener licencia ACC o A. Los municipios fijan límites de velocidad, generalmente entre 20 y 25 km/h.

Uruguay

Cada intendencia regula el uso de scooters. En Montevideo, por ejemplo, el límite es de 25 km/h y se exige que circulen por ciclovías o calzadas. No requieren empadronamiento, salvo vehículos más potentes que sí entran en la categoría de ciclomotores. La edad mínima suele ser de 16 años.

Por otro lado, en Paraguay, Ecuador, Bolivia, Venezuela: no existe ley ni reglamento específico.


Dejar un comentario