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Multa histórica a Meta: cuándo la publicidad digital se vuelve competencia desleal

noviembre 21, 2025

Multa histórica a Meta: cuándo la publicidad digital se vuelve competencia desleal

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En un giro relevante para el universo del marketing digital, un tribunal de España dictó que Meta Platforms, Inc. (propietaria de Facebook e Instagram) debe pagar 479 millones de euros a 87 editoras de prensa digital y agencias de noticias agrupadas en la Asociación de Medios de Información (AMI) por prácticas que fueron calificadas de competencia desleal.

El fallo, emitido el 19 de noviembre de 2025 por el Juzgado de lo Mercantil nº 15 de Madrid, considera que Meta obtuvo “una ventaja competitiva significativa” al procesar datos personales de usuarios de Facebook e Instagram para publicidad basada en comportamientos (“behavioural advertising”), sin la base legal adecuada conforme al Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).

¿Qué ocurrió exactamente?

Durante el periodo comprendido entre el 25 de mayo de 2018 (fecha de entrada en vigor del RGPD) y agosto de 2023, Meta cambió la base jurídica bajo la cual procesaba datos de “consentimiento explícito” a “necesidad de ejecución de contrato”, lo que para el tribunal quedó en entredicho.

Se estimó que, en ese lapso, Meta generó en España más de 5.281 millones de euros gracias a su negocio de publicidad online y que parte de esos ingresos se derivaron de prácticas consideradas ilícitas. La sentencia se basa en el artículo 15.1 de la Ley de Competencia Desleal (LCD), que prohíbe obtener una ventaja competitiva mediante la infracción de la ley.

Aunque el fallo se dé en España, la lección resuena también en Latinoamérica: los modelos de negocio que se apoyan fuertemente en segmentación basada en datos sin transparencia pueden generar riesgos regulatorios y reputacionales incluso fuera del ámbito europeo.


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